Los conductores de turismos, autobuses y camiones de más de 3.500 kg de MMA, conjuntos de vehículos no agrícolas y los conductores y personal auxiliar de los vehículos de acompañamiento deberán utilizar de manera obligatoria un chaleco reflectante homologado y de alta visibilidad, cuando salgan del su vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas.