Todo conductor de camión que se vea obligado a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel por un periodo de tiempo superior a 2 minutos, deberá interrumpir el funcionamiento del motor hasta que pueda proseguir la marcha, manteniendo encendido el alumbrado de posición y el de gálibo, si procede., y deteniéndose lo más lejos posible del vehículo que le precede.