Las motocicletas, incluidos los ciclomotores de dos y tres ruedas, motocicletas (con y sin sidecar), vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, deberán llevar de forma obligatoria el espejo retrovisor izquierdo. El número de retrovisores obligatorios dependerá de la velocidad máxima de la motocicleta ya que si dicha velocidad es menor o igual a 100 km/hora el izquierdo será obligatorio y el derecho opcional; mientras que si supera los 100 km/hora. el derecho también será obligatorio.