Los vehículos que provengan de propiedades colindantes a una autovía tendrán un acceso limitado a la misma, es decir, encontraremos en dicha autovía un carril de entrada desde las propiedades colindantes y uno de salida específico que nos llevará exclusivamente a estas.
Por el contrario las autopistas no tendrá en ningún caso acceso a las propiedades colindantes.