La autoridad de tráfico podrá por motivos de fluidez de la circulación, habilitar un carril en sentido contrario al habitual en aquellas calzadas que dispongan de al menos dos carriles para cada sentido de la marcha. Este tipo de carriles solo podrán ser utilizados por motocicletas y turismos, salvo que el carril se habilite por motivo de obras, que en ese caso podrán ser utilizados por el resto de los vehículos. Así pues, si se ha abierto debido a la realización de trabajos en la calzada, si que podrá circular por el un camión con M.M.A inferior a 3.500 kilogramos.