Los turismos sin remolque y las motocicletas, cuando circulen por vías fuera de poblado que no sean autopistas o autovías, (es decir, en vías para automóviles y carreteras convencionales) no podrán superar la velocidad máxima genérica de la vía a la hora de realizar un adelantamiento desde que se aprobó el cambio de normativa en fecha 02/01/2021.