La respuesta correcta es "Al menos, durante tres meses" porque según el ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera), tanto el expedidor como el transportista deben conservar una copia de la Carta de porte durante al menos tres meses. Esto es para asegurar que se cumplan las regulaciones y se pueda realizar un seguimiento adecuado de las mercancías peligrosas transportadas.