El Reglamento de Circulación establece que las motocicletas que circulen por cualquier vía pública urbana o interurbana deberán llevar encendida de forma obligatoria durante el día el alumbrado de corto alcance o cruce.
Este alumbrado se utilizará para iluminar la calzada por delante de la motocicleta sin deslumbrar o molestar a los conductores que circulan en sentido contrario.