En todos los vehículos de motor, excepto las motocicletas y los vehículos de tres ruedas, estaremos obligados a llevar dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro, homologados, y que deberán utilizarse en caso de emergencia. Así pues en los turismos será obligatorio llevar dos, los cuales en caso de emergencia colocaremos uno por delante y otro por detrás a 50 metros como mínimo.