Se podrá adelantar a aquellos vehículos que circulan por el arcén (vehículos de tracción animal, vehículos especiales, ciclos, ciclomotores, vehículos de movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas) si no circulamos paralelamente durante más de 15 segundos o el recorrido efectuado supera los 200 metros.