Si durante el día, y en condiciones de visibilidad normales, transportamos en nuestro turismo una carga que sobresale por la parte trasera del mismo, estaremos obligados a señalizar dicha carga con un panel reglamentario de 50 por 50 centímetros, pintado con franjas diagonales alternas de color rojo y blanco y colocado en el extremo posterior de la carga. Dicho panel será obligatorio para todo tipo de vehículos y no únicamente para los dedicados al transporte de mercancías.