Si la velocidad máxima que puede desarrollar una motocicleta es menor o igual a 100 km/hora, el espejo retrovisor izquierdo será obligatorio mientras que el derecho sera opcional. Si en cambio la velocidad máxima de la motocicleta es mayor a 100 km/hora, los dos espejos retrovisores serán obligatorios. Para las motocicletas equipadas con sidecar se aplicará la misma reglamentación.